LA POTESTAD DE AUTO ORGANIZACIÓN EN EL SERVICIO DEPORTIVO MUNICIPAL (1ªParte)



Las elecciones municipales han legitimado a los nuevos gobiernos locales para ejercer su potestad de auto organización. En materia de deportes los nuevos gobernantes han asumido las delegaciones correspondientes: concejalías de deportes, mancomunidades, consorcios, organismos autónomos, etc.

Se espera de esta nueva etapa, que se abrió el pasado mes de mayo de 2015, un cambio en las políticas deportivas municipales, sobre todo orientado hacia una función más social del deporte, tal y como se manifiesta en el programa electoral del PSPV-PSOE.

No obstante, la potestad de auto organización, no significa hacer lo que a uno le parece por el simple hecho de conseguir el poder, sino que tiene unos límites que es necesario analizar:

El primer límite lo imponen las propias competencias municipales. El Ayuntamiento, como administración local que es, se debe a las competencias establecidas en la legislación de régimen local, también en la ley del deporte. Dichas competencias se orientan al deporte para todos. El Ayuntamiento debe promover y atender el deporte más próximo al ciudadano, el deporte escolar, el deporte saludable, el deporte que practican los ciudadanos y ciudadanas, permitir el acceso de los más desfavorecidos, de aquellos grupos de la población que menores oportunidades tienen, etc. En definitiva promover un deporte de carácter social.


Este límite, significa debemos acabar con los privilegios que han obtenido durante muchos años determinadas entidades o personas afines. Nada dice la legislación vigente en relación a bonificar o eximir del pago de los precios públicos establecidos por el uso de las instalaciones y servicios deportivos municipales, a ciertas entidades particulares, de élite, tecnificación y hasta profesionales, con el detrimento añadido que esto supone para el erario público, además de la consiguiente limitación de acceso de los ciudadanos a las instalaciones municipales. ¿Qué diferencia hay entre privatizar las instalaciones y ceder las instalaciones a las entidades privadas sin apenas contraprestación? ¿Cómo se define el hecho de subvencionar a entidades deportivas que desarrollan una actividad económica sin control alguno? ¿Qué pasa con el posible beneficio económico que se genera? ¿Es posible que se beneficien algunos particulares de la explotación de las instalaciones deportivas municipales?
Los recursos públicos no pueden ir a parar a intereses particulares.

El segundo límite de la auto-organización es la propia situación heredada del anterior consistorio. ¿En qué estado se encuentran las instalaciones? ¿Qué programas deportivos están funcionando con éxito o satisfacción para el ciudadano? ¿Es posible soportar financieramente dicha estructura? Contestar a estas preguntas supone realizar un trabajo de medición y evaluación, que en algunas circunstancias resulta complejo, pero que no por ello deja de ser imprescindible, si lo que se persigue es ser eficiente en la gestión de los bienes y servicios públicos. Aunque, de alguna manera, el presupuesto anual refleja la cuantificación de dicha estructura, realmente debe existir un estudio riguroso que mida con exactitud la eficiencia de los recursos, tanto humanos como materiales. Debemos escapar de la tentación de reproducir el presupuesto de la anterior etapa de gobierno dando así continuidad a la política del gobierno anterior. También se debe evitar, realizar modificaciones de crédito sobre la marcha , improvisando o respondiendo a necesidades que podíamos haber previsto.
Es imprescindible evaluar y planificar con rigor y evitar la improvisación o el continuismo.



El tercer límite se refiere a la planificación a medio o largo plazo que debería realizarse, sobre todo, al inicio de una nueva etapa de gobierno. Tras el cambio de consistorio, se supone que la orientación de las políticas deportivas debe haber variado sustancialmente respecto a la etapa anterior. En esos momentos el programa electoral y los posibles acuerdos alcanzados con los socios de gobierno, en aquellos municipios dónde se gobierne en coalición, deberían guiar esta planificación.
Se deberían establecer los objetivos y los programas, así como la temporalización, para la puesta en marcha de los mismos. Un trabajo que requiere de diferentes estrategias, entre las que destacan, por un lado, la  participación ciudadana (sobre todo de aquellos grupos de interés en el deporte) y, por otro lado, de la conducción especializada y técnica del proceso de planificación por personal altamente cualificado en la materia.

En resumen y, trasladando esta reflexión a los responsables políticos que actualmente estén desarrollando tareas de gobierno:
-          Se deben evitar las competencias impropias, los intereses particulares. El interés general ha de primar y este se encuentra totalmente alineado con un deporte de carácter social.
-          Ha de existir un estudio riguroso que evalúe el actual nivel de eficiencia de los recursos públicos (humanos y materiales) puestos a disposición del servicio deportivo municipal.
-          Evitar el continuismo. No reproducir la estructura del presupuesto de anteriores ejercicios cuando gobernaba otro consistorio de signo político diferente.
-          Evitar las continuas modificaciones de crédito, lo que constata la falta de previsión.
-          Planificar a medio o largo plazo, realizando un diagnóstico participativo.
-          Tener como guía el programa electoral en materia de deportes.
-          Abrir procesos participativos para que los ciudadanos y ciudadanas, sobre todo, aquellos sectores más relacionados con el deporte, puedan expresar sus demandas y opiniones.

Solo actuando de esta manera se acometerá con auténtica responsabilidad la acción de gobierno y la auto organización del sistema deportivo municipal.





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